La nueva Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (OCRERE), se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 26 de diciembre de 2011.
Entre otras novedades, se han introducido cambios en la regulación de la ITE, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2012, tales como:
1.- Se amplían los aspectos a revisar en la inspección, debiéndose prestar atención, además, al estado de conservación de los elementos de accesibilidad ya existentes, y también al ornato de la fachada. La definición, a los efectos de la ITE, de los conceptos de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público se recoge en el artículo 7 de la OCRERE. 2.- También se incorporará al contenido de las inspecciones la información sobre el comportamiento térmico del edificio, sin que afecte al resultado favorable o desfavorable de aquellas. En los formularios se especifica que sólo es necesario realizar el cálculo completo si el edificio tiene USO RESIDENCIAL clase VIVIENDA en más del 50% de la superficie útil, excluido el garaje. Para dicho cálculo se seguirá el modelo utilizado por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) disponible en www.emvs.es, de donde deberán consultarse los coeficientes a utilizar. 3.- En las inspecciones favorables no se admitirán informes complementarios adjuntos u otro tipo de documentación en los que se deduzca la existencia de daños o deficiencias. Por tanto, en este caso sólo es necesario aportar el impreso, que incluirá el plano parcelario de emplazamiento y la ficha de comportamiento térmico.
Estos cambios obligan a la modificación de los impresos de ITE, que estarán disponibles en www.madrid.es en enero de 2012, por lo que no se deberán utilizar impresos o formularios distintos a los obtenidos a través de dicha web hasta que se distribuyan los correspondientes ejemplares autocopiativos.
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